Con fecha 25 de junio de 2021 la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral acogió los argumentos del empleador quien inicialmente descontó de las remuneraciones y beneficios sociales la parte correspondiente de las horas que tenía a su favor el trabajador por la licencia con goce de haber generadas por el Estado de Emergencia.
DESCARGAR PDFLaboralInformativo Laboral nro. 24-2021 Tribunal de Fiscalización Laboral valida el descuento de remuneraciones cuando el trabajador no compensó las horas de la licencia con goce de haber.
2 julio, 2021